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Mucho me preguntan sobre la doble nacionalidad de Nicolás Maduro y si es un mecanismo efectivo para desplazarlo de la presidencia. Para saldar estas inquietudes esbozo mi opinión, es una opinión táctica desprendida de análisis político lo más objetivo posible; y como todo hecho táctico puede variar con el tiempo, es decir, puedo cambiar de opinión por algún hecho que ocurra. Por eso iniciamos recordando lo que reza la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en su artículo 41:


El comienzo de la duda


Nicolás Maduro tiene 53 años, es un hecho conocido y confirmado que su señora madre, Teresa de Jesús Moros de Maduro (QEPD), es de nacionalidad colombiana, y su padre, Nicolás Maduro García es de nacionalidad venezolana, la duda se presenta por dos hechos:

Se duda del lugar de nacimiento, hay quienes dicen que nació en Colombia, otros dicen que en Caracas – Venezuela, allí el meollo de su partida de nacimiento, porque es en ese documento y en el libro donde quedó asentado dónde está esa información.

Por ser hijo de madre colombiana se asume, lo veremos más adelante, la doble nacionalidad directa.

Un poquito de lógica


Nicolás Maduro fue llevado por su representante a la Dirección de Identificación y Extranjería (DIEX), actual SAIME, a sacar su cédula de identidad a los 9-10 años de edad, allí se le expidió cédula venezolana por nacimiento. Para la expedición de su cédula tuvo que presentar su partida de nacimiento, era y es requisito indispensable para cedularse por primera vez; por tanto, la lógica me indica que tiene partida de nacimiento donde se certifica su nacionalidad venezolana; y también por esta causa el CNE no pide la partida de nacimiento como requisito para postularse, el requisito es la cédula de identidad, que se supone fue expedida tras verificar la partida de nacimiento.

Cabe destacar que por su edad fue presentado durante la primera presidencia de Rafael Caldera, con lo cual no puedo creer que estaba metida la mano de Chávez y los Castro para forjar esa cédula de identidad porque Maduro ya era el niño elegido para suceder a Chávez de la presidencia.

Colombia y su marco legal


En la constitución de Colombia de 1886, vigente cuando fue presentado y cedulado Nicolás Maduro en Venezuela reza lo siguiente en los artículos 8 y 9:

En la constitución vigente de Colombia de 1991, reformada en 2002, reza lo siguiente en el artículo 96:

Viendo esto, al momento de nacimiento y cedulación de Nicolás Maduro para tener nacionalidad colombiana debió no solo ser hijo de madre colombiana, debió haber nacido en Colombia, y si nació en Venezuela tuvo que fijar residencia en Colombia, es decir, ser presentado en Colombia o en una embajada o consulado colombiano para obtener partida de nacimiento colombiana y así esa nacionalidad; de paso, y, al ser presentado de nacionalidad venezolana pierde automáticamente la nacionalidad colombiana, si la tuviere.

La constitución nueva de Colombia y su reforma contempla otras cosas, que habiendo nacido en el extranjero sea presentado en la embajada o consulado; y, no menos importante, no se pierde la nacionalidad colombiana al tener otra; es decir, la nueva constitución colombiana permite la doble nacionalidad, la anterior no.

La pregunta que ocupa es ¿Cuál de las dos constituciones colombianas aplican a Nicolás Maduro por ser hijo de madre colombiana de nacimiento?

A pesar de que la respuesta es obvia lo conversé con especialistas, es simple, la Constitución Política de la República de Colombia del 5 de agosto de 1886, por ser la constitución vigente al momento de nacimiento de Nicolás Maduro. Por solo este hecho, ya es jurídicamente imposible que Nicolás Maduro tenga doble nacionalidad a menos que exista su registro de nacimiento como colombiano, ya sea en territorio colombiano o embajada o consulado de Colombia en Venezuela. Y en esto, quien acusa tiene la carga de la prueba, quien acusa a Maduro de ser colombiano debe presentar ese documento, sin eso no hay caso.

Mecanismos en Venezuela


La falta absoluta del presidente está contemplada en el artículo 233 de la CRBV, y reza lo siguiente:

Visto esto, debemos entender cómo funcionaría el mecanismo para la destitución de Nicolás Maduro de la presidencia por tener nacionalidad colombiana.

Ante la duda razonable, o por la presentación de pruebas públicamente,  la Fiscalía General de la República inicia la investigación, si el resultado de la investigación indica que hay indicios para enjuiciar al presidente por esta causa debe recurrir a la Asamblea Nacional para que autorice el juicio contra el presidente, si la Asamblea Nacional lo autoriza se inicia el juicio en el Tribunal Supremo de Justicia porque es en definitiva es quien decide el caso, es quien exige a Nicolás Maduro y a las instituciones encargadas de registro civil e identificación la Partida de Nacimiento y le Libro donde fue asentada la presentación, y mediante sentencia puede destituir o no al presidente en funciones.


La Táctica Política


Ahora pasamos a responder la pregunta miles de veces repetida ¿Por qué no se usa el tema de la partida de nacimiento y la nacionalidad de Nicolás Maduro para destituirlo de la presidencia?

Si has leído todo, las conclusiones lógicas en política son las siguientes:

Sin el registro y/o de nacimiento de Nicolás Maduro como ciudadano colombiano, no existe nacionalidad colombiana, entonces no hay caso que presentar por falta de pruebas.

Habiendo o no las pruebas, es la Fiscal General de la República, Luisa Ortega Díaz, quien tiene la facultad de investigar y promover el caso contra el presidente, incluso, es quien puede oficiar al gobierno colombiano requiriendo pruebas;  y es el Tribunal Supremo de Justicia quien tiene la potestad de destituir al presidente, piensa un momento y respóndete ¿Lo van a hacer?

Para que Luisa Ortega Díaz y los magistrados del TSJ dieran luz verde para la investigación y el juicio sería por una prueba confirmada irrefutable (que no la hemos visto) o por una inmensa presión social, por protesta organizada masiva; entonces, si tuviéramos la fuerza para presionar a la fiscal y al TSJ… ¿Lo haríamos para obtener ese juicio que ni sabemos cuánto puede durar? O lo haríamos para forzar el revocatorio para 2016 o para exigir la renuncia.

Por último... ¿Y Si Nicolás Maduro saca su Partida de Nacimiento...?

Espero haberme explicado bien, y les repito, esta es una opinión personal, yo mismo hice el levantamiento de información y el análisis; y mi opinión puede cambiar si ocurre algo que cambie el análisis.